No firméis la autorización para utilizar Google Suite en las escuelas

Xnet ens informa:

ATENCIÓN: NO FIRMÉIS AUTORIZACIONES PARA QUE VUESTRAS HIJAS E HIJOS UTILICEN GOOGLE SUITE

O

AÑADID LA SIGUIENTE CLÁUSULA:




Doy el consentimiento al alta de mi hija/hijo a la Suite Educativa de Google únicamente de forma PROVISIONAL hasta que se implemente otra opción donde no se pierda el control sobre sus datos y no se puedan rastrear sus comportamientos.





Aconsejamos no firmar o añadir la cláusula a cualquier tipo de autorización o adhesión para que las y los menores de edad utilicen en la escuela o el instituto Google Suite for Education o plataformas similares de Google, Microsoft y otros. Para cualquier duda, puede contactar a privacidaddedatosenlasescuelasatxnet-x [ punto ] net (privacidaddedatosenlasescuelas[at]xnet-x[dot]net)

Aquí el porqué.

 

Actualización: Hemos comenzado negociaciones con la Generalitat. Les hemos propuesto una serie de soluciones y las conversaciones se están desarrollando con buena predisposición. Nos hemos comprometido dejarles un tiempo para estudiarlas y darnos una respuesta.

Os mantendremos informados y en breve haremos pública todos los resultados.De momento, es muy importante que cuantas más personas posible conozca el problema que exponemos a continuación.

Por favor, ayuda a difundir.

 

¡ATENCIÓN! EN XNET AMAMOS LA TECNOLOGÍA Y QUEREMOS QUE TODO EL MUNDO A TODAS LAS EDADES PUEDA DISFRUTAR DE ELLA EN TODAS SUS POSIBILIDADES.

ES PORQUE LA AMAMOS QUE LUCHAMOS PARA QUE ESTË AL SERVICIO DE LAS PERSONAS Y NO CONTRA LAS PERSONAS.



https://elpais.com/ccaa/2019/09/18/catalunya/1568832257_627354.html

Los que escribimos este documento somos madres y padres de escuelas e institutos públicos de Barcelona. También nos acompañan miembros del profesorado y de la dirección de centros educativos. El curso 2018-2019, para 5º de primaria (niñas y niños de 10-11 años), nos han pedido desde el centro educativo que firmemos la autorización para que nuestros hijos usen en el marco escolar la plataforma Google Suite.

A numerosas familias, esta petición nos ha causado preocupación e inquietud. Hemos empezado a investigar y nos hemos dado cuenta que nos encontrábamos delante de algo todavía más preocupante de lo que pensábamos y que era el inicio de una batalla que no está perdida porque todavía no la hemos librado.

Por esta razón, junto con Xnet, organización de defensa de la democracia en la era digital, hemos decidido ponernos manos a la obra.

La educación es un ámbito especialmente crítico porque implica el modelado de las culturas del futuro.

En estos últimos años, dos grandes cambios están alterando la escuela pública por la presión o con la excusa de la coyuntura económica desfavorable: en primer lugar, la conversión de la educación pública en producto externalizable que se puede ofrecer a las empresas; en segundo lugar, la transformación de la función última de la educación para ponerla al servicio del mercado laboral de forma extrema, despojándola de valores y sentidos más humanos y transformadores como eran la consecución de la igualdad de oportunidades o la libertad, el espíritu crítico y la emancipación de las personas.



GOOGLE DESEMBARCA EN LA ESCUELA PÚBLICA

Es en este contexto en el que hay que entender el desembarco de Google en la escuela y la educación públicas.

Desde hace unos años, la multinacional norteamericana está introduciéndose en los centros públicos a través de la implantación de la herramienta Google Suite como plataforma telemática de trabajo para todas y cada una de las actividades escolares: correo interno y externo, almacenamiento de toda la información desde los contenidos hasta las evaluaciones, ejercicios y creación de contenido del alumnado y del profesorado, chats, relaciones con la comunidad educativa y las familias, etc.

Este despliegue está relegando a un segundo plano otras opciones o herramientas ‘open source’ como Moodle, que estaban extendidas desde hace años en el ámbito escolar.

¿Por qué se abandona un modelo también gratuito, que podía modificarse según las exigencias, más distribuido, transparente y verificable en cuanto a la privacidad y la protección de los datos de los alumnos, por otro centralizado, cerrado y por todos conocido como poco respetuoso con los datos de los usarios? Los beneficios para Google están bastante claros; por el contrario, los beneficios para los demás, los usuarios, nos parecen francamente dudosos.



Google en las escuelas: beneficios para Google

Fidelizan a los usuarios/clientes desde los 10 años. Las niñas y los niños asimilan todas las herramientas de Google como las normales y ‘universales’, como si Google fuera Internet, perdiendo completamente la posibilidad de conocer el ámbito digital a través de numerosas y mejores posibilidades.

• Google puede obtener y leer todo tipo de datos y contenidos de una franja de edad que antes le era inaccesible (en primaria los alumnos todavía no acostumbran a tener móvil), y a la que ahora accede de la mano de la propia escuela. Con la penetración en los centros, Google obtiene:

– Identificación de personas: Google ficha a nuestros hijos desde los 10 años

– Perfiles psicológicos, académicos, culturales y su evolución

– Relaciones sociales entre alumnos a nivel de compañeros, grupos-clase, escuela y barrio

– Conversaciones y temas de conversación

– Usos de las herramientas (Gmail, Hangout, Drive, etc.) y redes sociales como Youtube

– Informes y trabajos escolares

Esta recolección de datos y perfilado de usuarios es solo un primer paso para después realizar una clasificación selectiva de las personas y, a través de la aplicación de la inteligencia artificial para procesar y clasificar todos estos datos, ofrecer estos perfilados como productos. Este es el negocio de Google y su coste. Obviamente no es gratis.

Se están, pues, exponiendo los datos personales e íntimos de las y los menores de edad con absoluta irresponsabilidad respecto a los usos mercantiles y a la violación de la intimidad que se pueden hacer y se hacen en el mercado del tráfico de información: los trastornos alimentarios, los fracasos escolares, el bullying… las historias personales y el historial educativo de nuestras hijas e hijos son y serán datos codiciados por aseguradoras, empresas de selección de personal o compañías de ‘marketing’ y comunicación, que podrán utilizarlas en todo tipo de contextos (contratación de seguros médicos o de automoción, procesos de selección de personal, oposiciones, campañas de propaganda o ‘marketing’, etc) sin que ni tan siquiera las niñas y los niños sepan que su vida personal ha estado irresponsablemente expuesta desde edad muy temprana cuando no podían conocer todavía sus opciones de vida y su personalidad estaba en formación.

Google penetra en un mercado potencial de más de 300.000 menores de edad. Si se toma como referencia el número de alumnos que cursan estudios en centros públicos de Cataluña de quinto de primaria a cuarto de secundaria durante el curso 2018-2019, el mercado potencial de Google es concretamente de 318.631 alumnos.

Google todavía no se ha introducido en todos los centros públicos ni en todos los cursos, pero, teniendo en cuenta la política de expansión de la empresa norteamericana, estas cifras marcan un horizonte real del mercado potencial al que puede penetrar Google por vía de las escuelas públicas.

Esta cifra no incluye, por otro lado, los alumnos de otros cursos de primaria ni los de bachillerato o de las universidades, que la harían aumentar considerablemente.[1].

Toda esta población se trasforma en clientes cautivos que no han conocido el real potencial de internet nunca y están condenados a ver sus habilidades mermadas y confinadas a una opción que, además, mucho menos es la mejor.

Esto se hace aprovechando que madres, padres, profesorados y clase política son de una generación que tiene pocos conocimientos en ámbito digital y que en muchos casos solo conocen Google por ser la empresa que tiene más capacidad publicitaria monopolística. No saben que hay otras y mejores opciones.



Google en las escuelas: el papel de las instituciones públicas

• Las escuelas públicas, muchas sin saberlo, son la institución que ‘blanquea’ el uso de Google. En lugar de ser, precisamente, “espacio libre de Google”, que incentive el uso de opciones críticas (estamos hablando de centros públicos), lo que hacen por desconocimiento, inconsciencia o, en contados casos, otros intereses, es aprobarlo y legitimarlo.

• Un acuerdo de 2010 ya caducado – al que no hemos conseguido acceder – entre el Departament d’Educació y Google sustentó una primera y parcial penetración (solo profesorado) de Google en el sistema educativo. Lo que vino después son pasos empujados por esta misma inercia. Aunque el Departament nos ha asegurado que no está en conversaciones con Google para nuevos acuerdos, Google sigue ahí y Google Suite es tratado como servicio telemático prioritario al disponer de un acceso directo y destacado en la Xarxa Telemàtica Educativa de Catalunya (XTEC), la red pública de recursos y servicios educativos del Departament d’Educació, mientras que el resto de servicios telemáticos (Moodle, Nodes-Wordpress, JClic…) aparecen a través de un acceso secundario: http://xtec.gencat.cat/ca/la-meva-xtec/. Una jerarquización que no se puede justificar.

• Se consienten cursos a los claustros llevados por los propios comerciales de Google para que aprendan a usar únicamente esta herramienta, mientras la formación permanente del profesorado en los aspectos vinculados a la la cultura de la tecnología es insuficiente y a menudo sesgada como la educación en la privacidad de los datos de los alumnos sin sesgos tecnófobos. Por un lado se les aterroriza sobre Internet sin más, por el otro se los empuja a la boca del lobo.

• En la mayor parte de los países europeos, los menores de 14 años no pueden utilizar legalmente chats (Hangout, por ejemplo), ni pueden tener cuentas de correo electrónico.

Por tanto, es necesario que la Generalitat no permanezca pasiva frente al uso estas herramientas. Al ser ilícito frente al marco legal europeo, carguan sobre las familias la responsabilidad individual de rebajar la edad mínima de su utilización.

De hecho, esto permite que el consentimiento privado del tutor legal y el «acompañamiento» de la escuela sirva para saltarse esta restricción de edad marcada por la ley (Art. 13 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, que establece que podrá procederse al tratamiento de los datos de los mayores de catorce años con su consentimiento, salvo en aquellos casos en los que la Ley exija para su prestación la asistencia de los titulares de la patria potestad o tutela.

En el caso de los menores de catorce años se requerirá el consentimiento de los padres o tutores).



Google en las escuelas: el papel de las familias y el profesorado

• Las familias aceptan pragmáticamente la introducción de Google, víctimas de la confusión intencionada entre Google y lo digital en general, que es mucho más amplio y libre. Creen, con razón, que aporta competencias básicas para entrar en el mercado laboral y adaptarse al mundo flexible y cambiante en el que vivimos, pero desconocen que justamente se les priva de estas competencias, haciendo de sus hijos simples clientes cautivos de una marca en concreto.

Precisamente, el habituarse a una herramienta única y sesgada genera personas inadaptadas a la innovación tecnológica a la que se enfrentarán a diario, y ciudadanos poco acostumbrados al cambio continuo de la era digital y a la alternancia crítica.

• El profesorado, por su parte, sobrepasado de trabajo y en un contexto de recortes estructurales que afectan entre otras cosas a la formación permanente, valora la facilidad de los «servicios» que presta Google sin intuir que son prestaciones comerciales – quien se las ofrece es un comercial, no un técnico – y que se está haciendo un negocio con los datos, no una prestación de servicios regalados desinteresadamente.

• La autorización que las familias deben firmar para que el alumnado disponga de las herramientas de G Suite adolece de rigor en el consentimiento.

Por un lado, estaríamos ante la figura del «consentimiento viciado«, ya que las familias no disponen de la información necesaria para tomar una decisión sopesada (desconocemos las condiciones de uso de la plataforma, así como la monitorización, el tratamiento y el uso futuro de los datos) ni conocen las alternativas a estas herramientas de las que se podría disponer.

Por el otro, también se trata de un consentimiento limitado, ya que el margen de decisión de las familias a título individual es nulo: excluir a tus hijas e hijos de las dinámicas de trabajo de la clase no es una opción.



Google en las escuelas: la indefensión de la infancia

El consentimiento activo o pasivo de las instituciones al despliegue de Google despoja a las niñas y niños del derecho a una educación crítica y los sumerge en el adoctrinamiento tecnológico desde edades muy tempranas. Además abandona las madres y padres en una toma de decisión que puede influir en la vida de sus hijos para siempre sin que ni tan solo estén informados de las consecuencias.

En muchos centros se produce la paradoja de que se realizan talleres sobre prevención en las redes y, en paralelo, se usa inocentemente todo el paquete de Google como herramienta, como si una cosa no tuviera nada que ver con la otra.



¿QUÉ ES EXACTAMENTE G SUITE FOR EDUCATION? ALGUNOS CLAROSCUROS

Según la propia descripción de Google, G Suite para Centros Educativos [https://edu.google.com/intl/es-419/products/gsuite-for-education/?modal_active=none] es un “paquete de herramientas diseñadas para permitir que los educadores y los alumnos innoven y aprendan juntos”.

En la práctica, se trata de las opciones que cualquier cuenta de Google ofrece, definidas como ‘Servicios Principales’ (Gmail, Calendar, Classroom, Contactos, Drive, Documentos, Formularios, Grupos, Hojas de cálculo, Google Sites, Presentaciones, Talk/Hangouts, Vault y Sincronización de Chrome.).

Además de los Servicios Principales, los usuarios de G Suite para Centros Educativos pueden acceder a otros servicios, llamados «Servicios Adicionales» como Google Maps, Blogger y YouTube, con lo cual se produce el acceso a entornos donde la protección de datos no está en los marcos del G Suite. Por su parte, los profesores se convierten en administradores de sus clases, y tienen acceso a las cuentas del alumnado, para las que se ha necesitado previamente el consentimiento explícito por parte de los padres, en el caso de que sean menores.

Nótese que todos estos servicios se pueden encontrar en Internet en otros formatos libres y auditables; o sea, libre de costes y trazables en cuanto al uso de los datos de los usuarios y del proceder de los administradores.

Por el contrario, respecto a Google, solo nos queda confiar en lo que promete, ya que los datos se guardan en servidores fuera del territorio y no podemos verificar lo que se hace con ellos. Los derechos digitales quedan, pues, totalmente en entredicho.

Google mezcla conceptos de seguridad y privacidad, creando una cierta confusión sobre cómo los datos son tratados. En sus preguntas frecuentes encontramos:

¿Google firmó la Promesa de Privacidad de los Alumnos? Sí. Para reafirmar los compromisos asumidos con las escuelas, Google firmó la Promesa de Privacidad de los Alumnos. […]

Los tres primeros puntos de esta promesa, que no es más que una declaración de intenciones, incluyen:

✘No recolectar, conservar, usar o compartir información personal de los estudiantes más allá de la medida necesaria para atender los fines educativos o escolares, o según sea autorizado por los padres de familia o los estudiantes.

✘No vender la información personal de los estudiantes.

✘No utilizar o revelar información de los estudiantes recolectada a través de un servicio educativo o escolar (ya sea información personal o cualquier otra) para dirigir publicidad a los estudiantes basada en su comportamiento.

✘No construir un perfil personal del estudiante para fines diferentes a apoyar los propósitos educativos o escolares autorizados o los que sean autorizados por el padre de familia o el estudiante.

https://studentprivacypledge.org/compromiso-con-la-privacidad-de-los-estudiantes/

A otra pregunta frecuente responden:

¿Google vende los datos de las escuelas o de los alumnos a terceros? No. No vendemos tus datos de G Suite a terceros ni compartimos con terceros la información personal que se encuentra en nuestros sistemas, salvo en algunas circunstancias excepcionales descritas en el Acuerdo de G Suite [https://gsuite.google.com/intl/es/terms/education_terms.html] y en nuestra Política de privacidad [https://www.google.com/intl/en/policies/privacy/], como cuando se nos pide que la compartamos o cuando se nos exige hacerlo por ley.

¿Cuáles son estas circunstancias excepcionales? Pues ni más ni menos que las que se aplican a las condiciones de usos de cualquier cuenta de Google. La política de privacidad explícitamente avisa de los tipos de datos que se recolectan (ubicación, actividad, navegación, mensajes enviados y recibidos, contactos, etc.) y de cómo pueden ser compartidos con afiliados u otras empresas de confianza de Google.

Adicionalmente, en la política de privacidad de G Suite para Centros Educativos (https://gsuite.google.com/terms/education_privacy.html) se específica qué informaciones Google recoge sobre los alumnos y alumnas, las cuales incluyen el número de teléfono, la IP, datos sobre el dispositivo, la ubicación y el uso de cookies. Google puede mostrar anuncios a los usuarios de G Suite para Centros Educativos en los Servicios Adicionales.



CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA UNIÓN EUROPEA (RGPD)

http://www.tudecideseninternet.es/agpd1/images/guias/GuiaCentros/GuiaCentrosEducativos.pdf

Para las escuelas, el RGPD conlleva una nueva responsabilidad de informar a las partes interesadas sobre cómo se están utilizando los datos de las alumnas y alumnos y quién lo está haciendo. La firma de una autorización por parte de padres/madres/tutores para abrir una cuenta de Google no agota los requerimientos necesarios para cumplir con dicha obligación.

Bajo el RGPD, el consentimiento para el tratamiento de los datos debe darse de forma explícita y tiene que incluir claramente todas las condiciones de uso y procesamiento.

Así, se está dando por descontado que los usuarios conocen cuáles son las condiciones de uso de la Suite de Google para educación, y se está omitiendo la aportación de información específica sobre las condiciones.

Para cumplir con el RGPD, las escuelas deben considerar los datos personales procesados y asegurarse de que todos comprendan cómo se recogen, de dónde proceden, para qué se utilizan y qué riesgos plantea su uso. Además, deben tener un responsable competente en gestión de datos.

No tenemos conocimiento de que en ninguna escuela se haya presentado esta figura a la comunidad educativa.

En resumen, se exponen los centros educativos al desamparo frente al cumplimiento de la normativa europea, hecho que podría producir infracciones y multas.



OPCIONES: ¿QUÉ PROPONEMOS?

Google no ha inventado internet. No es necesario delegar a Google los esfuerzos implicados en la digitalización de la enseñanza, ya que existen las mismas herramientas disponibles, más ágiles y adaptables, evitando que sea Google quien se encargue de cómo se estructura y organiza la participación, la publicación de los contenidos, la comunicación y la colaboración.

«¿Se imaginan que McDonalds regalara los menús para siempre en las escuelas e institutos públicos de Cataluña? ¿Verdad que lo veríamos claramente como una acción interesada evidente y la antítesis de una alimentación rica y saludable? No quiso McDonalds no querría decir que no queremos comer; sólo que hay mucha más comida para elegir, y mucho mejor y que no queremos que nuestras hijas e hijos sólo aprendieran a apreciar hamburguesas y patatas fritas» explica Cecla Bayo, una de las madres del grupo de trabajo.

Las familias y jóvenes ya conocen Google y pueden acceder a sus servicios de forma muy fácil fuera del ámbito educativo. La escuela debería ofrecer herramientas neutrales y comprensibles.

Para cada solución que ofrece Google, los centros tienen a disposición herramientas ‘open source’ que preservarían la privacidad de datos de menores tales como sus relaciones, sus resultados académicos o sus preferencias. No son más complicadas y tienen igual usabilidad tanto para los profesores como para los usuarios.

Por todo ello y para invertir esta situación, las familias movilizadas nos hemos puesto en marcha. Hemos empezado a trabajar y a interpelar a las instituciones.

En estos momentos, estamos trabajando en una batería de propuestas en favor de los derechos digitales de alumnado y escuelas y la alfabetización tecnológica de calidad y crítica que estamos discutiendo con el Govern. Haremos público en breve el documento de propuestas, así como el resultado de las negociaciones.

Para seguir informadxs, podéis contactarnos en privacidaddedatosenlasescuelasatxnet-x [ punto ] net (privacidaddedatosenlasescuelas[at]xnet-x[dot]net)

Familias de escuelas públicas junto con Xnet

 

[1] Detalle: 112.708 alumnos totales de quinto de primaria y sexto de primaria durante el curso 2018-2019 en la red pública (http://ensenyament.gencat.cat/web/.content/home/departament/estadistiques/estadistiques-ensenyament/curs-actual/infantil-2cicle-primaria/fitxers/einf2ciprimaria-a-02.xls, 57.794 en quinto, 54.914 en sexto); 205.923 alumnos en toda la secundaria obligatoria durante el curso 2018-2019 en la red pública (http://ensenyament.gencat.cat/web/.content/home/departament/estadistiques/estadistiques-ensenyament/curs-actual/eso/fitxers/eso-a-01.xls, primero 53.613, segundo 53.538, tercero 52.270, cuarto 47.502).



ADENDA

Aspectos de dudosa legalidad sobre el tratamiento de datos:

Adenda sobre Tratamiento de Datos, que se aplica solo si los centros la han aceptado

https://gsuite.google.com/intl/es/terms/dpa_terms.html

4.2 Application of Non-European Legislation. The parties acknowledge and agree that Non-European Data Protection Legislation may also apply to the processing of Customer Personal Data.

10. Data Transfers.

• 10.1. Data Storage and Processing Facilities. Customer agrees that Google may, subject to Section 10.2 (Transfers of Data Out of the EEA), store and process Customer Data in the United States and any other country in which Google or any of its Subprocessors maintains facilities.

• 10.2. Transfers of Data Out of the EEA.

• 10.2.1. Google’s Transfer Obligations. If the storage and/or processing of Customer Personal Data involves transfers of Customer Personal Data out of the EEA and the European Data Protection Legislation applies to the transfers of such data (“Transferred Personal Data”) under any Agreement, Google will, in relation to Transferred Personal Data under all Agreements:

• (a) if requested to do so by Customer, ensure that Google LLC as the data importer of the Transferred Personal Data enters into Model Contract Clauses with Customer as the data exporter of such data, and that the transfers are made in accordance with such Model Contract Clauses; and/or

• (b) offer an Alternative Transfer Solution, ensure that the transfers are made in accordance with such Alternative Transfer Solution, and make information available to Customer about such Alternative Transfer Solution.

• 10.2.2 Customer’s Transfer Obligations. In respect of Transferred Personal Data under any Agreement, Customer agrees that:

• (a) if under the European Data Protection Legislation Google reasonably requires Customer to enter into Model Contract Clauses in respect of such transfers, Customer will do so; and

• (b) if under the European Data Protection Legislation Google reasonably requires Customer to use an Alternative Transfer Solution offered by Google, and reasonably requests that Customer take any action (which may include execution of documents) strictly required to give full effect to such solution, Customer will do so.

• 10.3. Data Center Information. Information about the locations of Google data centers is available at: https://www.google.com/about/datacenters/inside/locations/index.html (as may be updated by Google from time to time).

• 10.4 Disclosure of Confidential Information Containing Personal Data. If Customer has entered into Model Contract Clauses as described in Section 10.2 (Transfers of Data Out of the EEA), Google will, notwithstanding any term to the contrary in the applicable Agreement, ensure that any disclosure of Customer’s Confidential Information containing personal data, and any notifications relating to any such disclosures, will be made in accordance with such Model Contract Clauses.